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abril  27, 2024

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La Corte refuerza el amparo contra omisiones reglamentarias e inconstitucionales de los poderes constituidos del estado (el caso “Etcheverry”)

Por Diego Gonzalo Murcia


Comentario a fallo en el marco de la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO. SALAS MATERNALES Y GUARDERÍAS. FALTA DE REGLAMENTACIÓN. Se confirma la sentencia que ordenó al Poder Ejecutivo Nacional reglamentar el art. 179 de la Ley 20.744, que establece que los establecimientos deben habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan. Considera que la falta de reglamentación priva de efectos jurídicos a la disposición y, por ende, relega el cumplimiento de la obligación de los empleadores e impide el ejercicio de un derecho concreto de los trabajadores de acceder a un servicio de apoyo en sus tareas de cuidado familiar. Se interpreta que el art. 103 bis, inciso f, de la ley 20.744 no es incompatible con el artículo 179 y no suple la omisión de reglamentar dicho artículo. Acción de amparo. Tratados internacionales. Protección integral de la familia.

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Términos mencionados en esta doctrina: maternales, reglamentar.

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